¿Está interesado en emprender un negocio en Alemania? Entonces se encuentra en el sitio indicado. Esta plataforma proporciona apoyo tanto a estudiantes extranjeros y universitarios en Alemania, como a profesionales residentes en el extranjero, que deseen emprender un negocio o ser autónomo en Alemania. Hemos recopilado diversa información que le guíará paso a paso a través de todo el proceso de creación de un negocio. Si tiene alguna pregunta o hay algo que no entienda bien, cuenta con profesionales a su disposición con quienes podrá contactar vía telefónica o a través de correo electrónico para recibir más ayuda.
Pero primero, ha de ayudarnos para poder proporcionarle la información exacta que usted necesita. Después de todo, las cualificaciones, procedimientos administrativos y permisos para crear una empresa varían en función de cuál sea su país de procedencia y su estatuto de residencia en Alemania.
Por lo tanto, seleccione abajo el grupo al que pertenece y el idioma en que desea obtener la información.
Usted está reconocido/a como refugiado/a en Alemania y tiene uno de los siguientes documentos de residencia:
art. 22 frase 2 de la ley alemana de residencia (AufenthG);
art. 22 frase 3 AufenthG;
art. 23 pár. 2 AufenthG;
art. 25 pár. 1 AufenthG;
art. 25 pár. 2 AufenthG;
art. 26 pár. 3 AufenthG o art. 26 pár. 4 AufenthG.
Usted está reconocido/a como refugiado/a en Alemania y tiene uno de los siguientes documentos de residencia:
art. 18a AufenthG; art. 22 frase 1 AufenthG; art. 23 pár. 1 AufenthG; art. 23a AufenthG; art. 24 AufenthG; art. 25 pár. 3 AufenthG; art. 25 pár. 4 frase 1 AufenthG; art. 25 pár. 4 frase 2 AufenthG; art. 25 pár. 4a AufenthG; art. 25 pár. 4b AufenthG; art. 25 pár. 5 AufenthG; art. 25a pár. 1 AufenthG; art. 25a pár. 2 frase 1 AufenthG o art. 25 pár. 2 frase 2 AufenthG.
Usted se encuentra en medio de un proceso de reconocimiento como demandante de asilo y tiene un permiso de residencia con arreglo a lo dispuesto en el art. 55 de la ley alemana de procedimiento de asilo (AsylVfG) o bien su solicitud de asilo ha sido rechazada y tiene un permiso de estancia tolerada con arreglo a lo dispuesto en el art. 60a de la ley alemana de residencia (AufenthG); en estos casos tiene prohibida cualquier actividad remunerada por cuenta propia. Bajo determinados requisitos puede dedicarse a una actividad por cuenta ajena, pero en ningún caso deberá tratarse de una actividad remunerada por cuenta propia.